Ley Contra la Usura en El Salvador

“Usura” es un término peyorativo para referirse, en general, a los intereses de un préstamo o cuando estos se perciben como desmesurados o excesivamente altos. Aunque en el pasado se entendió por usura prestar dinero a interés, hoy se refiere a conceder un crédito con un interés muy alto. En muchos países se regula esta tasa para evitar que los prestamistas, sean del tipo que sean, se aprovechen de las necesidades de la gente prestando dinero a tasas excesivas. Dado que el monto de una tasa de interés depende de las circunstancias económicas nacionales, del costo de la transacción financiera y del riesgo que implica prestar dinero a una determinada persona o para una determinada actividad, cada país, de acuerdo a todo eso, debe definir cuál es la tasa aceptable para cada una de las actividades económicas y para cada tipo de crédito.



¿A quiénes aplica esta Ley Contra la Usura?

Los acreedores que están sujetos a esta Ley: 

a) Bancos
b) Sociedades de Seguros
c) Bancos Cooperativos y Federaciones, de conformidad con la Ley de Bancos Cooperativos y Sociedades de Ahorro y Crédito;
d) Asociaciones y Sociedades Cooperativas de Ahorro y Crédito y sus Federaciones;
e) Sociedades de Ahorro y Crédito;
f) Bancos de los Trabajadores;
g) Cajas de Crédito;
h) Emisores de Tarjetas de Crédito;
i) Asociaciones sin fines de lucro que otorguen crédito;
j) Fundaciones sin fines de lucro que otorguen crédito;
k) Casas comerciales;
l) Comerciantes de bienes y/o servicios;
m) Casas de empeño;
n) Montepíos;
o) Personas naturales que presten dinero; y,
p) En general, cualquier sujeto o entidad que de conformidad a la Ley Contra la Usura realice operaciones de financiamiento.

Los segmentos que la Ley señala son los siguientes:
i.              Crédito de Consumo para personas naturales: Crédito decreciente otorgado a personas naturales, para financiar la adquisición de bienes de consumo o el pago de servicios, en el que se pacta con o sin una orden de descuento del salario del deudor.
ii.            Créditos Otorgados a personas naturales por medio de Tarjeta de Crédito: Es el otorgado a personas naturales para financiar la adquisición de bienes o el pago de servicios, mediante una tarjeta de crédito.
iii.           Crédito para Empresa: Crédito destinado a financiar a una persona natural o jurídica que opera en el mercado produciendo y/o comercializando bienes o servicios, este aplica para líneas de crédito de carácter rotativo y créditos decrecientes.        
iv.    Crédito para Vivienda
Adquisición y construcción de vivienda para uso del adquiriente: Es el otorgado a personas naturales para financiar la adquisición de vivienda, adquisición de terreno y la construcción de viviendas.

Crédito para vivienda para remodelación y reparación de vivienda individual: Es el otorgado a personas naturales para la ampliación, remodelación o reparación de viviendas.

v.     Microcrédito: Préstamo que se otorga a , aquel que se otorga, a personas naturales o jurídicas, mediante la aplicación de tecnologías apropiadas para el otorgamiento y la administración del proceso de crédito, la cual debe contener como mínimo: a) Procedimientos y formularios para el levantamiento de la información financiera a través de su personal, en el negocio y/o domicilio del o los solicitantes, que permite el análisis de la capacidad de pago; así como aquella información que dé indicios de la moralidad del o los solicitantes; b) Procedimientos y políticas de recaudo del préstamo en el negocio y/o domicilio del deudor; y, c) Políticas crediticias que sustituyan el requerimiento de garantías reales.



El BCR publicará las tasas máximas legales en términos anuales y a más tardar el décimo día hábil del cierre de enero y julio de cada año.

La Tasa Máxima es aquella equivalente a 1.6 veces la tasa efectiva promedio simple de cada tipo de segmento de crédito y rango de monto, la cual será publicada por el Banco Central de Reserva (BCR).

VALORACIÓN

Existen tantas personas que se aprovechan de las demás, un ejemplo claro es al realizar préstamos ya sea para que se paguen deudas o para otros fines, pero a un costo muy elevado. Ya que existen prestatarios que son conocidos como usureros porque lo hacen a un precio muy elevado ocasionando pago de intereses excesivos. Estas operaciones que se realizan mediante personas no autorizadas, por eso se creó la ley contra la usura, tratando de esta manera controlar un poco estas operaciones que destruyen a las familias salvadoreñas.

Bibliografía

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